Un acusado de abuso sexual con acceso carnal fue absuelto por la Justicia de Chubut porque la víctima es obesa. Según la defensa, la mujer no fue obligada a mantener relaciones sexuales ya que al momento del hecho vestía calzas, una prenda difícil de colocar y de sacar.
Un tribunal penal de Puerto Madryn, conformado por Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro, validó los argumentos ofrecidos por la defensa y desestimó las pruebas de la investigación, como por ejemplo: ropa interior de la mujer con manchas de sangre y el testimonio de la víctima.
El ataque ocurrió en 2016. Según el expediente, la mujer estaba en su casa cuando llegó su ex pareja -con el que tiene un hijo en común- y empezaron a discutir. Después el altercado el hombre la violó. La víctima hizo la denuncia y la investigación dio por comprobada la agresión.
Durante el juicio, la abogada defensora María Angélica Leyba, sostuvo todo el tiempo que no hubo violación sino que fueron relaciones sexuales consentidas, consignó el diario "El Patagónico".
“Dice que el señor le sacó la calza y yo me pregunto si a una persona obesa puede un hombre que pesa 75 kilos forzarla a sacarle una calza. La calza es una prenda de vestir que no es de fácil acceso para colocarla o sacarla. No hace falta que le explique al Tribunal lo molesto o dificultoso que resulta sacarse una calza. Para la fiscal, el señor le arrancó la calza. ¿Dónde está la calza? Si fue forzada a sacársela esa calza debería estar rota, no solo por la fuerza de la víctima sino la fuerza de la prenda de vestir”, argumentó Leyba en tribunales.
“No es a los fines hacer una acción discriminatoria ni es mi ánimo ofender la intimidad de la señora. Tenemos que trabajar sobre hechos reales y no con sentimentalismos”, agregó.
La Fiscalía adelantó que apelará la sentencia.